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Precedente - Anuario jurídico 2001

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    PRECEDENTE:ANUARIO JURIDICO - 2001
    (Universidad Icesi, 2001-01-01T17:46:15Z) Universidad Icesi
    Contiene: El control constitucional en el trópico // Palacios Mejía, Hugo / 3-19 Pág. -- La seguridad jurídica : entre la tradición y la renovación del derecho // Quintero Mosquera, Diana Patricia / 127-141 Pág. -- A propósito de instituciones justas. La rehabilitación de la racionalidad moral en Rawls y Habermas // Grueso, Delfin Ignacio / 109-126 Pág. -- Propiedad y hambre // Sen, Amartya Kumar / 97-107 Pág. -- La organización territorial del Estado en la Constitución de 1991. ¿Centralismo o autonomía? // Zuluaga Gil, Ricardo / 85-93 Pág. -- Autonomía, competencias y recursos de las entidades territoriales en la Constitución. Historia del acto legislativo No.1 (30 de Julio de 2001) // Piedrahíta Plata, Francisco / 71-83 Pág. -- Legitimidad y conveniencia del control constitucional de la economía // Uprimny Yepes, Rodrigo / 35-66 Pág. -- La Corte Constitucional : usurpadora o garantista // López Obregón, Clara Eugenia / 21-34 Pág.
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    A propósito de instituciones justas. La rehabilitación de la racionalidad moral en Rawls y Habermas
    (Universidad Icesi, 2001-01-01) Grueso, Delfin Ignacio
    Si se me pidiera por adelantado enunciar los objetivos de este ensayo, diría que el primero es mostrar la forma como el filósofo norteamericano John Rawls y el alemán Jürgen Habermas hacen un uso de una razón construccionista y de una razón dialógica, respectivamente, para darle a la justicia una preeminencia moralque hace tiempo no tenía en la filosofía práctica. Pero ese es un objetivo más interesante para los historiadores de la filosofía que para los juristas, políticos, pensadores sociales y estudiantes de humanidades para quienes escribo este ensayo. A ellos mi segundo objetivo les puede interesar más: mostrar a la justicia como el concepto rector para establecer la moralidad de lo político y de lo jurídico. Para lograr ambos objetivos, poniendo más énfasis en el segundo, seguiré el siguiente orden. Comenzaré (I) mostrando lo que significó reivindicar el concepto moraljusticia en el siglo XX, un siglo difícil para la filosofía práctica de vocación normativa. Hecho esto, procederé a (II) mostrar el modo en que ambos pensadores intentan restaurar la moralidad como criterio de legitimidad de las instituciones públicas e intentaré (III) mostrar cómo ese criterio conecta lo constitucional y lo político.
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    Autonomía, competencias y recursos de las entidades territoriales en la Constitución. Historia del acto legislativo No.1 (30 de Julio de 2001)
    (Universidad Icesi, 2001-01-01) Piedrahita Plata, Francisco
    La gran innovación de la Constitución Colombiana de 1991 en el campo de la Organización Territorial fue la introducción del concepto de autonomía para las Entidades Territoriales. Y no lo hizo de cualquier manera: el artículo primero definió a Colombia como "...República unitaria, descentralizada, con autonomíade sus entidades territoriales...". Además, el art. 287 aclaró el significado de esa autonomía: "Las entidades territoriales gozan de autonomía para la gestión de sus intereses y dentro de los límites de la Constitución y la Ley. En tal virtud tendrán los iguientes derechos: 1. Gobernarse por autoridades propias. 2. Ejercer las competencias que les correspondan. 3. Administrar los recursos y establecer los tributos necesarios para el cumplimiento de sus funciones. 4. Participar en las rentas nacionales". Varios artículos del Título XI, sobre Organización Territorial, inician el desarrollo de los tres primeros de estos derechos. En el Título XII, sobre el régimen económico y de la hacienda pública, el art. 338 consagra el derecho de Asambleas y Concejos para imponer tributos; y los arts. 356, 357, 358, 360 y 361 dan cuerpo al cuarto derecho, el de participar en las rentasnacionales.
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    Propiedad y hambre
    (Universidad Icesi, 2001-01-01) Sen, Amartya Kumar
    Los argumentos políticos y sociales a menudo recurren a reivindicaciones morales basadas en derechos intrínsecamente valiosos. Hace ya muchísimo tiempo que se invocan los derechos relacionados con la propiedad. Pero existen también otrostipos de derechos que han sido considerados como "innatos e inalienables", y la Declaración de Independencia de los Estados Unidos se refiere a "ciertos derechos inalienables", entre los cuales se cuentan "vida, libertad y la prosecución de lafelicidad". La Constitución de la India llega hasta mencionar el "derecho a los medios adecuados de vida". El "derecho a no sufrir hambre" ha sido invocado a menudo en discusiones recientes sobre la obligación de ayuda a los hambrientos.El derecho a poseer, usar y legar la propiedad que se haya adquirido legalmente es considerado a menudo como valioso intrínsecamente. De hecho, sin embargo, muchas de las defensas que de él se hacen parecen ser realmente de tipo instrumental; searguye, por ejemplo, que los derechos de propiedad hacen que la gente sea más libre para elegir una clase de vida más bien que otra.
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    Legitimidad y conveniencia del control constitucional de la economía
    (Universidad Icesi, 2001-01-01) Uprimny Yepes, Rodrigo
    En uno de sus textos, Amartya Sen señala que «la economía moderna se empobreció en forma sustancial debido a la distancia que se ha abierto entre la ética y la economía», ya que, como consecuencia de ese divorcio, la ciencia económica ha tenido una visión estrecha de las motivaciones del comportamiento humano y del significado del desarrollo social. Pero a su vez, señala Sen, este distanciamiento también ha perjudicado a la ética, que ha perdido la posibilidad de usar el fino instrumental analítico de la economía, para enriquecer sus visiones, y en especial para poder tomar en cuenta en sus análisis normativoslas complejas interdependencias que existen entre los comportamientos de los distintos agentes sociales.Esta reflexión de Sen puede ser proyectada a la relación, también bastante problemática, que se ha dado entre la economía y el derecho. La separación académica que durante mucho tiempo ha existido entre esas disciplinas ha tenido efectos empobrecedores para ambas. La economía ha solido desconocer la importancia que tienen la dimensión normativa y los arreglos institucionales en el comportamiento de los agentes económicos y en el significado del propio desarrollo, mientras que el olvido de los condicionamientos económicos puede llevar al análisis jurídico a moverse en abstracciones desvinculadas de la dinámica objetiva de los procesos sociales.
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    La Corte Constitucional : usurpadora o garantista
    (Universidad Icesi, 2001-01-01) López Obregón, Clara Eugenia
    En uno de sus textos, Amartya Sen señala que «la economía moderna se empobreció en forma sustancial debido a la distancia que se ha abierto entre la ética y la economía» , ya que, como consecuencia de ese divorcio, la ciencia económica ha tenido una visión estrecha de las motivaciones del comportamiento humano y del significado del desarrollo social. Pero a su vez, señala Sen, este distanciamiento también ha perjudicado a la ética, que ha perdido la posibilidad de usar el fino instrumental analítico de la economía, para enriquecer sus visiones, y en especial para poder tomar en cuenta en sus análisis normativoslas complejas interdependencias que existen entre los comportamientos de los distintos agentes sociales.Esta reflexión de Sen puede ser proyectada a la relación, también bastante problemática, que se ha dado entre la economía y el derecho. La separación académica que durante mucho tiempo ha existido entre esas disciplinas ha tenido efectos empobrecedores para ambas. La economía ha solido desconocer la importancia que tienen la dimensión normativa y los arreglos institucionales en el comportamiento de los agentes económicos y en el significado del propio desarrollo, mientras que el olvido de los condicionamientos económicos puede llevar al análisis jurídico a moverse en abstracciones desvinculadas de la dinámica objetiva de los procesos sociales.
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    La organización territorial del Estado en la Constitución de 1991. ¿Centralismo o autonomía?
    (Universidad Icesi, 2001-01-01) Zuluaga Gil, Ricardo
    Los argumentos políticos y sociales a menudo recurren a reivindicaciones morales basadas en derechos intrínsecamente valiosos. Hace ya muchísimo tiempo que se invocan los derechos relacionados con la propiedad. Pero existen también otrostipos de derechos que han sido considerados como ""innatos e inalienables", y la Declaración de Independencia de los Estados Unidos se refiere a "ciertos derechos inalienables", entre los cuales se cuentan "vida, libertad y la prosecución de lafelicidad". La Constitución de la India llega hasta mencionar el "derecho a los medios adecuados de vida". El "derecho a no sufrir hambre" ha sido invocado a menudo en discusiones recientes sobre la obligación de ayuda a los hambrientos.El derecho a poseer, usar y legar la propiedad que se haya adquirido legalmente es considerado a menudo como valioso intrínsecamente. De hecho, sin embargo, muchas de las defensas que de él se hacen parecen ser realmente de tipo instrumental; searguye, por ejemplo, que los derechos de propiedad hacen que la gente sea más libre para elegir una clase de vida más bien que otra.
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    La seguridad jurídica : entre la tradición y la renovación del derecho
    (Universidad Icesi, 2001-01-01) Quintero Mosquera, Diana Patricia
    La suerte del derecho en Colombia no es preocupación exclusiva de juristas; los miembros de la sociedad se sienten autorizados a opinar sobre un fenómeno presente en casi todos los ámbitos de sus vidas. Por eso en la actualidad escuchamos voces críticas que culpan a la inseguridad jurídica en materia económica por la ausencia de inversión extranjera y la huida de capitales del país. Estos factores impactana negativamente las actividades productivas, al generar desempleo, decrecimiento económico, y consecuencias similares. El año paado, a raizadel fallo de la Corte Constitucional que ordenó el reajuste salarial para los empleados públicos discriminados por la Ley 547 de 1999, las críticas se centraron en el papel de los jueces constitucionales.
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    El control constitucional en el trópico
    (Universidad Icesi, 2001-01-01) Palacios Mejía, Hugo
    Propósito. El control constitucional sobre los actos legislativos y las leyes es un instrumento excelente para hacer el Estado de Derecho. Pero en Colombia ha adquirido cierta hipertrofia tropical, por razón de las características de la acción y el proceso de inconstitucionalidad, y por vitud de la jurisprudencia de la primera Corte Constitucional. Esa hipertrofia magnifica los problemas de todo control constitucional; hace que los "grupos de presión" encuentren muy atractivo y fácil "capturar" la Corte; y que las sentencias de la Corte se conviertan en una fuente de "ineficiencias" en el sistema económico. Este documento explica esos problemas y presenta algunas sugerencias de reforma constitucional para superarlos.