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Propuesta de un pago por servicios ambientales para la conservación de los humedales ubicados en predios privados en el municipio de Santiago de Cali

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Universidad Icesi
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Los humedales son principalmente reservorios de agua y cumplen funciones naturales y servicios ecosistémicos, por ello se han constituido jurídicamente como bienes de uso público, lo que los convierte en áreas inalienables, imprescriptibles e inembargables. Por lo tanto, no existen derechos adquiridos sobre estos ecosistemas. Sin embargo, es jurídicamente válida, por excepción, la referencia a derechos adquiridos, cuando el humedal se encuentra en terrenos de propiedad privada, aunque en este último caso la función social y ecológica de la propiedad permite a la autoridad competente, imponer limitaciones de uso y manejo con el objeto de conservarlos,DAGMA, 2017.

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Ley 99 de 1993Conservación ambientalPolíticas públicasHumedalesTésisMaestría en GobiernoDepartamento de Estudios Políticos

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