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Ley 50 - Diciembre 28 de 1990. Reforma laboral

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Fecha

2010-06-08T20:50:00Z

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Universidad Icesi

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Resumen

Revolcón laboral manifestado de urgencia por el gobierno (Art. 91 C.N.). En Bogotá D.E. el 29 de noviembre de 1990, en sesión de las Comisiones Séptimas del honorable Senado de la República y de la honorable Cámara de Representantes, reunidas en sesiones conjuntas, mecanismo de funcionalidad, manifestación de urgencia, simple afirmación presidencial sobre la urgente necesidad de aprobar un proyecto de ley, teniendo como base el mensaje de urgencia enviado al Congreso de la República por el doctor César Gaviria Trujillo y el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, doctor Francisco Posada de La Peña, mediante oficio de fecha 17 de octubre de 1990 aprobaron, a pupitrazos, el proyecto de Ley N° 50, aprobados en Primer Debate acumulados N° 66, 19, 91, 115, Senado de 1990 y 34, 40, 59, 84, 86, 108, 110 Y 118 Cámara de 1990. El texto aprobado es el que aparece consignado en la Ley 50 del 28 de diciembre de 1990 que comentaremos más adelante, que imprime sustanciales modificaciones al Código Sustantivo del Trabajo. La base del denominado revolcón laboral contempla entre otras disposiciones el desmonte de la retroactividad de las cesantías, que ahora serán liquidadas anualmente. Igualmente, se elimina la cláusula de fuero de antigüedad que convertía a los trabajadores casi en inamovibles pasados los diez años de servicio; establece también el salario integral para las personas que devenguen más de diez salarios mínimos legales.

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Palabras clave

REFORMA LABORAL, LEY 50 DE 1990 (DICIEMBRE 28)

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01206648

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