Rescisión de la liquidación de sociedad conyugal

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Resumen
Los señores PORTO ÁLVAREZ, luego de una separación de hecho, deciden disolver y liquidar, por mutuo acuerdo, la sociedad conyugal que se constituyó en virtud de su matrimonio, renunciando a los gananciales que les pueden corresponder respecto a futuros bienes. Pasados cinco meses el cónyuge terminó el vínculo laboral con la empresa con la que trabajó los últimos 22 años, recibiendo la suma de $138´000.000 por concepto de liquidación del contrato, y por indemnización de retiro, $76´000.0000, en el mes de enero de 2006.
Enterada de lo anterior, la cónyuge inició proceso de liquidación adicional, y dos años después instauró demanda de rescisión de la liquidación de la sociedad conyugal, siendo este último proceso el seleccionado para ser objeto de estudio.