Reconocimiento de la pensión de sobrevivientes a parejas del mismo sexo

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2013-01-01

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Universidad Icesi

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Resumen

El propósito de este trabajo es revisar e identificar reglas y subreglas en sentencias de tutela posteriores a la sentencia C-336 de 2008, realizando una línea jurisprudencia a partir del origen del precedente, así como extraer los principales obstáculos, para el acceso a la pensión de sobrevivientes y analizar la forma como la Corte Constitucional ha decidido sobre la procedencia de esta prestación estableciendo subreglas aplicables a casos similares. Para ello el problema jurídico girará en torno a si es justificable constitucionalmente de acuerdo con el derecho a la seguridad social y el principio de igualdad, que una entidad administradora de pensiones exija la declaración de unión marital de hecho realizada ante notario de forma simultánea por los compañeros permanentes, para otorgar la pensión de sobrevivientes a parejas del mismo sexo, que aunque en nuestro país aún se presenta la ausencia de una legislación que permita esto, si es válido de acuerdo a lo expuesto en las sentencias proferidas por la Corte Constitucional.

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278894

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