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    Aplicaciones en costos de producción de la NIC 2 y NIC 41 en Colombia.
    (Universidad Icesi, 2021-01-01) Arboleda Hidalgo, Ángela; Triana Bastidas, Rafael Andrés; Tello Rodríguez, Luis Bernardo; Asesor Tesis
    La NIC 2 de Inventarios emitida originalmente en 1993 por el Comité de Normas Internacionales de Contabilidad, luego adoptada por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad en 2001 y por último revisada en 2003, constituye el resultado evolutivo final de la NIC 2 Valoración y Presentación de inventarios en el contexto del sistema de costos histórico de octubre de 1975. Su objetivo es prescribir el tratamiento contable de los inventarios. También, la NIC 41 de Agricultura revisada y emitida el mes de diciembre de 2003 por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad tiene como finalidad prescribir el tratamiento contable, la presentación en los estados financieros y la información a revelar en relación con la actividad agrícola.
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    Manual sobre la aplicación del concepto de deterioro de activos según las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF)
    (Universidad Icesi, 2017-01-01) Castro Arango, Daniela; Tello Rodríguez, Luis Bernardo; Asesor Tesis
    El concepto de deterioro según las NIIF es relativamente nuevo en Colombia. Dada la adopción de estas normas por nuestro país, es importante saber cómo afecta este concepto a los diferentes activos de una entidad y por lo tanto a la información financiera de ésta. El presente manual pretende desarrollar el concepto de Deterioro; primero se plantea el procedimiento general para calcularlo según la NIC 36 Deterioro de Activos, y luego de manera específica para cada partida de activos a los que se aplica como los Inventarios, Propiedad, Planta y Equipo, Activos Intangibles entre otros tomando como referencia las diferentes Normas de Información Financiera que se aplican a cada partida como la NIC 2, NIC 16, NIC 38 entre otras.
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    El abuso del derecho de voto en la Sociedad por Acciones Simplificada : Estudio de la Sentencia 2014-801-136: Martha Cecilia López contra Comercializadora G.L. S.A.S., Luis Enrique Gil Builes y Distribuidora del Kamino S.A.S.
    (Universidad Icesi, 2020-01-01) Santander Becerra, Juan José; Becerra Chinchilla, Ricardo Alfonso; Gandini Ayerbe, Fernando; Asesor Tesis
    En palabras de a la real academia de la lengua española (RAE), el voto es la expresión - pública o secreta- de una preferencia. En el ambiro democrático, el voto, es un derecho esencial que le permite a los ciudadanos expresarse. En el ámbito de las sociedades, ambas definiciones tienen plena vigencia y cobran sentido, toda vez que el voto le permite al accionista participar en las deliberaciones y toma de decisiones que tienen lugar en las asambleas generales, permitiéndole expresar su voluntad, frente a las decisiones de la sociedad de la cual es propietario. Por regla general, las acciones que se emiten dentro de las sociedades otorgan, al titular, derechos políticos y económicos. Los primeros, facultan al accionista a participar en las deliberaciones de la asamblea general de accionistas y votar en ellas, inspeccionar los libros sociales y ejercer el derecho de retiro cuando la transformación, fusión o escisión le impongan mayor responsabilidad o implique la desmejora de sus derechos. Por su parte, los derechos económicos le dan la facultad de recibir una parte proporcional de beneficios sociales establecidos en los balances de fin de ejercicio, negociar sus acciones y recibir conforme a su participación parte de la liquidación de la sociedad.